Te lo dicen con voz suave, casi con pena. Que no encajas. Que la empresa va en otra dirección. Y tú, que llevas meses aguantando el tipo, sabes leer entre líneas: te vas porque estás enfermo. Y eso, además de doler, muchas veces es ilegal.
La respuesta corta: por tu diagnóstico, no
Despedir a alguien por tener trastorno bipolar —o por estar de baja por ese motivo— es discriminación. Y la discriminación por enfermedad o condición de salud está expresamente prohibida en España desde la Ley 15/2022 de igualdad de trato.
Nulo o improcedente: la diferencia importa
Un despido puede terminar de dos formas:
- Improcedente: la empresa no acredita la causa, pero puede optar por indemnizarte y no readmitirte.
- Nulo: el despido vulnera un derecho fundamental (aquí, la no discriminación). La consecuencia es la readmisión obligatoria y el pago de los salarios que dejaste de cobrar.
Si la causa real de tu despido es tu enfermedad, corresponde la nulidad.
Estar de baja no te blinda por sí solo
Cuidado con el matiz: estar en situación de baja no convierte automáticamente en nulo cualquier despido. Lo determinante es que exista un trato discriminatorio y que sea precisamente tu estado de salud lo que motivó la decisión.
La carga de la prueba juega a tu favor
Aquí está la clave práctica. Si aportas indicios sólidos de que te echaron por tu enfermedad —fechas que coinciden, comentarios, un historial impecable hasta la baja—, la carga de la prueba se invierte: es la empresa la que tiene que demostrar que había una causa objetiva, real y ajena a tu salud. Si no lo consigue, el despido es nulo.
La reforma de 2025: fin del despido automático por incapacidad
Hasta hace poco, si te reconocían una incapacidad permanente tu contrato podía extinguirse de forma casi automática. Eso cambió con la Ley 2/2025: ahora la empresa no puede echarte sin más. Primero tiene que estudiar ajustes razonables o una recolocación, con un plazo de hasta tres meses, y solo si adaptarte supone una carga excesiva puede extinguir el contrato. Te lo contamos en cómo adaptar tu puesto.
Nota de autor. Que te echen del trabajo por estar enfermo es una putada como un piano de cola. Lo escribo así porque llamarlo "una práctica potencialmente contraria a la normativa" sería hacerle un favor a quien lo hace. La ley, por una vez, está de tu lado. Úsala.
Qué hacer si te ha pasado
- No firmes nada que reconozca la procedencia del despido sin asesorarte antes.
- Guarda correos, mensajes y tu carta de despido.
- Tienes 20 días hábiles para reclamar. Acude a un abogado laboralista o a un sindicato cuanto antes.
En resumen
Por tu diagnóstico no pueden despedirte: sería discriminación y el despido sería nulo, con readmisión. Estar de baja no blinda por sí solo, pero sí obliga a la empresa a justificar la causa. Y desde 2025 tampoco pueden echarte automáticamente por una incapacidad sin intentar adaptarte antes. Si te ha pasado, muévete rápido: 20 días. En recursos tienes dónde apoyarte.
Aviso. Este artículo es divulgativo y no constituye asesoramiento jurídico. Cada despido depende de sus circunstancias y de los plazos legales; para tu caso consulta cuanto antes a un abogado laboralista o a tu sindicato.
Fuentes: Ley 15/2022 de igualdad de trato y no discriminación; Ley 2/2025 (reforma del art. 49 del Estatuto de los Trabajadores); Estatuto de los Trabajadores; doctrina judicial 2023-2025.
